Estudios de mercado: estudiar para entender, y no para influir
En nuestro recorrido por el Código de Farmaindustria, llegamos a una parada estratégica: los estudios de mercado. Un instrumento legítimo y valioso para conocer las tendencias, percepciones y comportamientos de los profesionales sanitarios. Pero también, un terreno resbaladizo si se confunde su propósito con el de la promoción. Hoy nos detenemos en el Artículo 14.3 del Código, que traza con precisión esta línea divisoria.
Cuando el estudio de mercado se disfraza de promoción

Un «Estudio de Mercado» se define como la recopilación e interpretación sistemática de información sobre individuos y organizaciones. Utiliza métodos y técnicas estadísticas y analíticas de las ciencias sociales, conductuales y de datos aplicadas. Genera conocimientos y apoya la toma de decisiones por parte de proveedores de bienes y servicios, gobiernos, organizaciones sin fines de lucro y el público en general.
La normativa establece con claridad que los estudios de mercado deben tener como única finalidad obtener información objetiva, útil y veraz sobre un determinado tema. No deben, en ningún caso, disfrazar acciones promocionales bajo la apariencia de investigación. ¿Por qué? Porque cuando se desdibuja el propósito de un estudio, se pone en juego algo mucho más delicado que un dato: la independencia del profesional sanitario.
Cuando un estudio se convierte en vehículo encubierto de promoción, se contamina la fuente de información. El profesional sanitario, creyendo participar en una actividad neutra y científica, puede estar recibiendo mensajes sesgados o influencias indirectas que condicionen su criterio. Y si se pervierte su capacidad para tomar decisiones basadas en la mejor evidencia, el impacto es directo. Los pacientes no reciben el tratamiento más adecuado, las terapias no son seleccionadas por motivos clínicos y se da una pérdida progresiva de confianza en el sistema sanitario.
Ética, metodología y transparencia

Los estudios de mercado en el ámbito farmacéutico deben respetar el Código de Farmaindustria y los principios establecidos por el Código de Conducta de la EPHMRA (European Pharmaceutical Market Research Association). Este proporciona directrices internacionales sobre las mejores prácticas en investigación de mercado en salud.
Asimismo, deben cumplir estrictamente con la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Especialmente en lo relativo al anonimato de los participantes, el tratamiento agregado de los datos y el consentimiento informado cuando sea necesario.
¿Qué se puede hacer y qué no en un estudio de mercado?
Con el fin de evitar riesgos y asegurar la objetividad, el Código exige el cumplimiento de varios criterios fundamentales:
- Los estudios deben contar con una metodología robusta y un tamaño de muestra representativo, garantizando que represente de forma fiable al grupo de profesionales sanitarios estudiado.
- Es crucial que no ofrezcan remuneraciones desproporcionadas a los participantes que puedan interpretarse como incentivos encubiertos.
- Se debe garantizar que el contenido del cuestionario sea estrictamente neutral y libre de mensajes promocionales.
- No se pueden utilizar los resultados ni los datos recabados en materiales promocionales.
- Se debe documentar debidamente el estudio y, en caso necesario, comunicarlo a la Unidad de Supervisión Deontológica (USD).
- Asegurar un diseño doble ciego, que preserve el anonimato de los participantes, impida su identificación por parte de la compañía farmacéutica y garantice que los datos se tratan de forma agregada. El participante no debe poder vincular el estudio con una compañía o producto, y la red de ventas no debe intervenir en su ejecución. No obstante, el Código contempla excepciones al doble ciego:
- Si por obligaciones legales (como el RGPD) se debe comunicar la identidad del promotor. Esta se proporcionará al finalizar la participación y de forma limitada, con el consentimiento previo del participante.
- En cumplimiento de las condiciones contempladas en el Código ESOMAR, las compañías farmacéuticas sólo podrán acceder a la identidad de los participantes con el fin de supervisar y controlar la calidad del estudio. El acceso a esos datos será temporal mientras duren las actividades de control de calidad. No podrá quedar ningún registro de datos de los participantes en posesión de la compañía farmacéutica.
- Existen estudios cuyo objetivo es conocer la opinión de los profesionales sanitarios sobre un medicamento en concreto o analizar la efectividad de los materiales que se utilizarán para su promoción. En estos casos, el profesional que participa conoce la compañía farmacéutica que promueve el estudio. Cuando la finalidad es testar los materiales, puede incluso participar personal del área de marketing o comercial de la compañía. No obstante, por el riesgo que conllevan, deben hacerse sobre tamaños muestrales muy reducidos. Solo deberán remunerarse cuando sea estrictamente necesario.

La buena noticia es que el sistema funciona. Según datos de Farmaindustria, en 2019 se revisaron 310 estudios de investigación de mercado realizados por compañías farmacéuticas. El 96,7% de ellos fue evaluado sin incidencias. Solo en diez casos la USD solicitó cambios relacionados con la metodología o el tamaño de muestra para su validación definitiva.

El valor de un estudio de mercado correctamente realizado
Los estudios de mercado pueden aportar una gran riqueza informativa tanto a las compañías farmacéuticas como al Sistema Nacional de Salud. Desde entender mejor las necesidades clínicas no cubiertas hasta evaluar el conocimiento sobre un grupo terapéutico concreto. Pero su legitimidad se sostiene exclusivamente sobre el respeto a la ética y la transparencia. No son ni deben ser un atajo para insertar mensajes comerciales, ni una excusa para contactar con profesionales sanitarios con fines promocionales.
El Artículo 14.3 del Código de Farmaindustria nos recuerda que la investigación en el ámbito de la salud no puede, ni debe, perder su pureza. Al igual que ocurre con los ensayos clínicos o los estudios observacionales, los estudios de mercado deben estar diseñados y ejecutados con el rigor que exige la confianza pública.
Estos estudios recogen de forma sistemática la experiencia y percepción del profesional sanitario, puesto que el experto conoce de primera mano la realidad asistencial. De este modo, se convierten en una vía privilegiada. Identifica las verdaderas necesidades clínicas, detecta barreras en la práctica médica y comprende mejor los retos que enfrentan pacientes y profesionales en su día a día. Esta escucha activa no solo mejora el desarrollo de medicamentos y servicios más adecuados, sino que también eleva la calidad de la información disponible sobre los tratamientos.

Gracias a todo esto, las decisiones clínicas pueden apoyarse en datos más completos y ajustados a la realidad asistencial, favoreciendo una atención sanitaria más precisa, empática y basada en la mejor evidencia disponible. En definitiva, cuando se hacen bien, los estudios de mercado refuerzan la independencia del profesional sanitario, situándola al servicio del paciente y del sistema sanitario en su conjunto.
En conclusión, cuando un estudio de mercado es riguroso, ético y transparente, se convierte en un aliado del conocimiento. Cuando no lo es, puede transformarse en un factor de distorsión y desconfianza.
Por eso, en Meisys, acompañamos a las compañías farmacéuticas en el diseño y validación de sus estudios, ayudándoles a alinear cada paso con el Código y a garantizar que la información que obtienen es tan valiosa como íntegra. Porque, en última instancia, de la calidad de la información que recibimos depende la calidad de las decisiones clínicas. Y eso, en salud, lo es todo.
¡Gracias por acompañarnos en este «Viaje por el Código de Farmaindustria»!
Esperamos que esta parada haya sido de vuestro interés. Os esperamos en el siguiente artículo para continuar explorando y fomentando una Industria Farmacéutica ética, que garantice la independencia del Profesional Sanitario.
Autor | Pablo Colmenarejo (Compliance Manager)
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